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Cómo no ir la mesa electoral en Navalmoral sin multa, en las elecciones generales

El próximo 23 de julio se celebrarán las Elecciones Generales y, con ellas, surge la preocupación de ser llamado para formar parte de una mesa electoral, especialmente si coincide con tus vacaciones. Es importante tener en cuenta que acudir como miembro de una mesa electoral es obligatorio y no se puede eludir esta responsabilidad. Aunque puede resultar inconveniente o generar pereza, es necesario cumplir con este deber democrático. A cambio, se ofrece un permiso de trabajo remunerado y una compensación económica de 70 euros. En este artículo se presentarán las posibles excusas legales para estar exento de asistir a una mesa electoral.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece en su artículo veintiséis que los miembros de las mesas electorales son elegidos por sorteo entre las personas censadas en la sección correspondiente, siempre que sean menores de 65 años y sepan leer y escribir. La Junta Electoral Central contempla una serie de supuestos en los que se puede solicitar la exención de asistir a la mesa electoral. Además, a partir de las elecciones de 2023, se permitirá presentar estas solicitudes de forma telemática, lo que facilitará el proceso de apelación en caso de tener una causa válida para no participar.

La Junta Electoral Central distingue entre tres categorías de motivos para quedar exento de formar parte de una mesa electoral:

  • causas personales
  • causas familiares
  • causas profesionales.
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En cada caso, se debe alegar y justificar la situación mediante la documentación correspondiente en un plazo de siete días desde el nombramiento como miembro de la mesa. La Junta resolverá en un plazo adicional de cinco días si se acepta la solicitud de exención.

Causas personales para librarme de asistir a la mesa electoral en las elecciones del 23 de julio de 2023 en Navalmoral

En cuanto a las causas personales, se consideran motivos de exención ser mayor de 65 años, tener una discapacidad, recibir una pensión de incapacidad permanente o temporal, estar embarazada más allá de los seis meses o de permiso de maternidad, estar internado en un centro penitenciario o hospital psiquiátrico, haber formado parte de una mesa electoral en tres ocasiones durante los últimos diez años y ser víctima acreditada de un delito con una orden de alejamiento.

Existen otras circunstancias personales que podrían conceder la exención, como una lesión, dolencia o enfermedad que impida ejercer las funciones requeridas en una mesa electoral, tener una pensión de incapacidad permanente total para una profesión análoga a las tareas de la mesa, estar en riesgo durante los primeros seis meses de embarazo en relación con las funciones de la mesa, o haber cambiado de residencia a otra Comunidad Autónoma.

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Causas familiares para librarme de asistir a la mesa electoral en las elecciones del 23 de julio de 2023 en Navalmoral

En cuanto a las causas familiares, se considera motivo de exención ser madre durante el periodo de lactancia hasta que el bebé cumpla nueve meses, estar al cuidado de menores de ocho años o de personas con discapacidad, o cuidar a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad que no pueda valerse por sí mismo debido a su edad, accidente o enfermedad.

Causas laborales para librarme de asistir a la mesa electoral en las elecciones del 23 de julio de 2023 en Navalmoral

Por último, en el ámbito laboral, se podrían alegar causas profesionales para no asistir a la mesa electoral, como prestar servicio el día de las elecciones a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas relacionadas con la votación, trabajar en servicios esenciales para la comunidad, dirigir un medio de comunicación de información general o servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral, o participar en eventos públicos programados con anterioridad a la convocatoria de las elecciones, cuando no sea posible sustituir a la persona y su ausencia cause perjuicios económicos relevantes.

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¿Me libro de asistir a la mesa electoral si estoy de viaje o vacaciones?

En cuanto a los viajes, no se contempla específicamente como una causa justificada para no asistir a la mesa electoral. Sin embargo, se puede presentar una solicitud ante la Junta Electoral de Zona adjuntando la documentación que demuestre que se había reservado el viaje antes de conocer el nombramiento como miembro de la mesa, así como el perjuicio económico que supondría cancelarlo. La decisión final corresponderá a la Junta Electoral, y aunque no está previsto en los supuestos anteriores, existe la posibilidad de considerar el viaje como una causa de fuerza mayor.

En caso de que la solicitud sea rechazada y no se asista a la mesa electoral, se podría enfrentar a una multa de hasta 5000 euros e incluso a una pena de prisión de tres meses a un año.

Es importante tener en cuenta que este artículo es una recopilación de las causas de exención reconocidas por la Junta Electoral Central y que las circunstancias específicas de cada persona pueden variar. Si se recibe un nombramiento como miembro de una mesa electoral, es recomendable consultar con las autoridades correspondientes para obtener información actualizada y asesoramiento legal sobre el caso en particular.


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